viernes, 13 de junio de 2014

Ejecución de un pliego de condiciones



Ejecución de un pliego de condiciones
Pliego de condiciones
Generalidades: el pliego de condiciones constituye uno de los documentos básicos del proyecto
Tiene como misión establecer las condiciones técnicas, económicas, administrativas y legales para que el objeto del proyecto pueda materializarse en las condiciones específicas, evitando posibles interpretaciones diferentes de las deseadas.
Contenido: el pliego de condiciones se iniciara con un índice que hará referencia a cada uno de los documentos, a sus capítulos y aparatados que los componen, con el fin de facilitar su utilización, contendrá:
a)      Las especificaciones de los materiales y elementos constitutivos del objeto del proyecto, incluyendo
-          Un listado completo de los mismo
-          Las calidades mínimas a exigir para cada uno de los elementos constitutivos del proyecto, indicando la norma que contemple el material solicitado
-          Las pruebas y ensayos a que deben someterse, especificando: la norma según la cual se realizara, las condiciones de realización, los resultado mínimos a obtener
-          La reglamentación y la normativa aplicables incluyendo las recomendaciones o normas de no obligado cumplimiento que, ser perceptivas, se consideran de necesaria aplicación al proyecto a criterio del autor
-          Aspecto del contrato que se refieren directamente al proyecto y que pudieran afectar a su objeto, ya sea: en su fase de materialización y en su fase de funcionamiento, deberán incluir
-          Documento base para la contratación de su materialización. Los trabajos a realizar quedaran definidos en: los planos, el estado de mediciones, la memoria, las especificaciones mencionadas
-          Limitaciones en los suministros, que especifiquen claramente donde empieza y dónde termina la responsabilidad del suministro y montaje
Criterios de medición y abono
-          Criterios para las modificaciones al proyecto original, especificando el procedimiento a seguir para las mismas, su aceptación y como deben quedar reflejadas en la documentación final
-          Pruebas y ensayos especificando cuales y en que condiciones deben someterse los suministros según lo indicado
-          Garantía de los suministros, indicando el alcance, duración y limitaciones
-          Garantía de funcionamiento, indicando el alcance, duración y limitaciones
RESUMEN PARA EXPLICACIÓN EN CLASE SOBRE PLIEGO DE CONDICIONES:

A) DEFINICIÓN Y PUNTOS A TENER EN CUENTA
 El Pliego de Condiciones constituye otro documento básico del Proyecto.
 La definición del mismo es la que efectúa la norma UNE 157001: tiene como misión establecer las condiciones técnicas, económicas, administrativas y legales para que el objeto del Proyecto pueda materializarse en las condiciones especificadas, evitando posibles interpretaciones diferentes de las deseadas.
 Es un conjunto de artículos o cláusulas que regulan los derechos, responsabilidades, obligaciones y garantías mutuas entre los distintos agentes de la edificación: promotor, constructor, proyectista, director de obra, director de ejecución de las obras.
 El contratista, constructor, fabricante o cualquier otro que fuese el realizador de lo proyectado tendrá que cumplir con las prescripciones que se desarrollan en este documento, ya que es un documento contractual y lo que en este se defina tendrá carácter de cláusulas de contrato.
 Las cláusulas administrativas y de tipo económico son responsabilidad de la propiedad, y por lo tanto conviene que sean observadas y aprobadas por ella, ya que una vez realizado el proyecto tendrán que ser cumplidas por el realizador de lo proyectado. Además tendrán que ser concordantes con cualquier tipo de contrato que se realice entre la propiedad y el contratista.
El pliego de condiciones:
-           No debe contradecir leyes ni normas, sino complementarlas.
-           No debe incluir el articulado de normas técnicas, sino referirlas.
-          Debe prever lo imprevisto. Cualquier omisión puede generar conflictos en la obra.

B) PARTES DEL PLIEGO DE CONDICIONES

 El Pliego de Condiciones podrá tener dos partes: a) parte 1ª: generalidades, obligaciones legales y económico administrativas, b) parte 2ª: condiciones técnicas particulares.
La parte 1ª de generalidades y obligaciones legales y económico‐administrativas tiene por objeto, fijar los documentos integrantes del Proyecto (así como orden de prioridades), definir las obligaciones y responsabilidades de todas las partes vinculantes, puntualizar los criterios administrativos de medición, valoración y acopio de materiales, establecer el punto de partida de la ejecución y control de las obras, la enumeración de la normativa legal a las que se ha de ajustar la obra en cuestión para la ejecución del Proyecto que se complementa con las especificaciones técnicas incluidas en la memoria descriptiva. Además se establece en el presente pliego los criterios y medios con los que se pueden estimar y valorar las obras a realizar, así como el periodo de ejecución, la fecha de inicio y de recepción de la obra.

PARTES DE LA 1ª PARTE DEL PLIEGO DE CONDICIONES

Esta parte 1ª constará de:
a) Generalidades, en el que se incluirá:
-           Objeto del Pliego.
-          Documentos del proyecto entre los que se encuentran aquellos documentos base para definir el contrato de ejecución (planos, estado de mediciones, memoria o bien las especificaciones formuladas en la parte 2ª del Pliego).
-          Alcance de los trabajos
-          Criterios para las modificaciones al Proyecto original, especificando el procedimiento a seguir para las mismas, su aceptación y cómo deben quedar reflejadas en la documentación final.

b) Obligaciones y responsabilidades de las partes vinculantes, en el que se incluirá:
-          Obligaciones y responsabilidades de la dirección técnica.
-          Obligaciones y responsabilidades del Contratista.
-          Obligaciones y responsabilidades del Coordinador de Seguridad y Salud.
-          Propietario.

c) Criterios administrativos, en el que se incluirá:
-          Generalidades.
-          Criterios de medición.
-           Criterios de valoración.
-           Criterios para el acopio de materiales.

d) Ejecución y control de las obras.

e) Recepción, en el que se incluirá:
-          ‐ Generalidades.
-          ‐ Pruebas finales
-          ‐ Recepción provisional
-          ‐ Recepción definitiva
-          ‐ Plazo de garantía
-          ‐ Documentación final de la obra
-          ‐ Medición definitiva de los trabajos
-          f) Normas, Reglamentos y Legislación a cumplir.

PARTES DE LA 2ª PARTE DEL PLIEGO DE CONDICIONES
La parte 2ª condiciones técnicas particulares tiene por objeto fijar las condiciones particulares de los materiales, métodos y equipos de trabajo del Proyecto, condiciones de ejecución de obras, criterios de aceptación y rechazo, pruebas de servicio, establecer la enumeración de la normativa legal, así como las condiciones de uso y mantenimiento.
Esta parte 2ª contendrá:
a) las especificaciones de los materiales y elementos constructivos que son objeto del Proyecto, en el que se incluirá:
‐ Un listado completo de los mismos.
‐ Las calidades a exigir para cada material utilizado, indicando la normativa que deba cumplir (en caso de que exista).
‐ Las pruebas y ensayos a que deben someterse (especificando la normativa según la cual se realicen, las condiciones de realización y los resultados mínimos a obtener).
b) las condiciones en el proceso de ejecución de lo proyectado.
c) Esta parte igualmente deberá contar con la reglamentación aplicable para llevar a cabo lo proyectado, incluso aunque sean normas o recomendaciones de no obligado cumplimiento.
d) Se describirán las pruebas y ensayos, especificando cuales y en que condiciones deben realizarse.
e) Las condiciones de uso, funcionamiento, mantenimiento y utilización se constatará fijando su alcance, duración y su limite.

EJEMPLO DE PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES:
C) EJEMPLO PLIEGO DE CONDICIONES. PARTE 1ª
PARTE 1. GENERALIDADES. OBLIGACIONES LEGALES Y ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS

GENERALIDADES
Objeto del Pliego
El presente pliego General de Condiciones tiene por objeto fijar las condiciones particulares de los materiales, métodos y equipos de trabajo del Proyecto de................ de la Unidad de Ejecución ........................, de ........... de (Málaga), así como la enumeración de la normativa legal a las que se ha de ajustar la obra en cuestión, para la ejecución del Proyecto que se complementa con las especificaciones técnicas incluidas en cada anexo de la memoria descriptiva.
Además se establece en el presente pliego los criterios y medios con los que se pueden estimar y valorar las obras a realizar, así como el periodo de ejecución, la fecha de inicio y de recepción de la obra.
Documentos del proyecto
Los documentos que la Promotora entregue al Contratista o, en su defecto, el Propietario, pueden tener un valor contractual o meramente informativo. Los documentos que quedan incorporados al Contrato como documentos contractuales, son los siguientes:
‐ Memoria descriptiva
‐ Planos
‐ Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares
‐ Mediciones y Presupuesto
‐ Estudio Básico de Seguridad y Salud
La inclusión en el contrato de las cubicaciones y mediciones no implica necesariamente su exactitud respecto a la realidad.
Los datos sobre procedencia de materiales, condiciones locales, de maquinaria, de justificación de precios y, en general, todos los que hayan podido incluirse en la Memoria del presente Proyecto, son documentos informativos para la promotora.
Por lo tanto, el Propietario podrá tener conocimiento de ellos, si así lo estima adecuado la citada Promotora, pero en ningún modo podrá basarse en cualquier error u omisión en los mismos, como argumento para la obtención de modificaciones o reformados de precios o de obra.

Alcance de los trabajos
El Propietario deberá suministrar todos los equipos y materiales indicados en los planos de acuerdo en número, características, tipos y dimensiones definidos en las mediciones y en los cuadros de características de los planos.
En caso de discrepancias de cantidades entre planos y mediciones, prevalecerá lo que esté indicado en los planos. En caso de discrepancias de calidades, este documento tendrá prelación sobre cualquier otro.
Los materiales y equipos suministrados deberán ser nuevos y de la oferta incluirá el transporte materiales al lugar de la obra.
El Propietario suministrará también los servicios de un técnico competente que estará a cargo de la instalación y será responsable ante la dirección facultativa de la actuación de los técnicos y/o operarios que llevarán a cabo la obra en cuestión.

OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE PARTES VINCULANTES
Obligaciones y responsabilidades de la dirección técnica
Trabajos defectuosos
En el caso de que el Director de la obra encontrase razones fundadas para creer en la existencia de defectos en la obra ejecutada, ordenará efectuar, en cualquier momento y previo a la recepción definitiva, las demoliciones que crea necesarias para el reconocimiento de aquellos.
Inalterabilidad del proyecto
El proyecto (y anexos si los hubiera) será inalterable salvo que la dirección técnica renuncie expresamente a dicho proyecto, o fuera rescindido el convenio de prestación de servicios, en los términos y condiciones legalmente establecidos.
Inspección y medidas previas al montaje
Antes de comenzar los trabajos de montaje, la empresa instaladora deberá efectuar el replanteo de todos y cada uno de los elementos de la instalación, equipos, aparatos y conductores. En caso de discrepancias entre las medidas realizadas en obra y las que aparecen en los planos, que impidan la correcta realización de los trabajos de acuerdo a la normativa vigente, la empresa instaladora deberá notificar las anomalías a la dirección de obra para las oportunas rectificaciones.

Obligaciones y responsabilidades del Contratista
Definición
Se entiende por contratista la parte contratante obligada a ejecutar la obra. El Contratista estará obligado a redactar un plan completo de Seguridad e Higiene específico para la presente obra, conformado y que cumplan las disposiciones vigentes, no eximiéndole el incumplimiento o los defectos del mismo de las responsabilidades de todo género que se deriven. Dicho plan será acordado por el Coordinador de Seguridad y Salud.
En caso de accidentes ocurridos a los operarios, en el transcurso de ejecución de los trabajos de la obra, el Contratista se atenderá a lo dispuesto a este respecto en la legislación vigente, siendo en todo caso, único responsable de su incumplimiento y sin que por ningún concepto pueda quedar afectada la Propiedad ni la Dirección Facultativa, por responsabilidad en cualquier aspecto.
El Contratista será responsable de todos los accidentes que por inexperiencia o descuido sobrevinieran, tanto en la propia obra como en las edificaciones contiguas. Será por tanto de su cuenta el abono de las indemnizaciones a quien corresponda
y, de todos los daños y perjuicios que puedan causarse en los trabajos de ejecución de la obra, cuando a ello hubiera lugar (todo ello en base a la legislación vigente).
La Normativa de obligado cumplimiento para el Contratista queda contemplada en el último apartado de esta parte del
Pliego.
Personal
El nivel técnico y la experiencia del personal aportado por el contratista serán adecuados, en cada caso, a las funciones que le hayan sido encomendadas.
Conocimiento y modificación del proyecto
El contratista deberá conocer el Proyecto en todos sus documentos, solicitando en caso necesario todas las aclaraciones que estime oportunas para la correcta interpretación de los mismos en la ejecución de la obra. Podrá proponer todas las modificaciones constructivas que crea adecuadas a la consideración del Director de obra, pudiendo llevarlas a cabo con la autorización por escrito de éste.
Oficina en la obra
El Constructor habilitará en la obra una oficina en la que existirá una mesa o tablero adecuado, en el que se puedan consultar los planos. En dicha oficina tendrá siempre el Contratista a disposición de la Dirección Facultativa:
El Proyecto de Ejecución completo
La Licencia de obras
El Libro de Órdenes y Asistencias
El Plan de Seguridad e Higiene
El Libro de Incidencias
El Reglamento y Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Dispondrá además el Constructor de una oficina para la Dirección Facultativa, convenientemente acondicionada para que en ella se pueda trabajar con normalidad a cualquier hora de la jornada.
Replanteo
El Constructor (u otro) iniciará las obras con el replanteo de las mismas en el terreno, señalando las referencias principales que mantendrá como base de posteriores replanteos parciales. Dichos trabajos se incluirán dentro de la oferta del contratista.
El constructor someterá el replanteo a la aprobación del director técnico, una vez que este haya dado su conformidad, éste preparará un acta acompañada de un plano que deberá ser aprobada por el director técnico.
Responsabilidades
El contratista es el único responsable de la ejecución de los trabajos que ha contratado y, por consiguiente, de los defectos que, bien por la mala ejecución o por la deficiente calidad de los materiales empleados, pudieran existir. También será responsable de aquellas partes de la obra que subcontrate, siempre con constructores legalmente capacitados.
Materiales y equipo
El contratista aportará los materiales y medios auxiliares necesarios para la ejecución de la obra en su debido orden de trabajos. Estará obligado a realizar con sus medios, materiales y personal, cuanto disponga la Dirección Facultativa en orden
a la seguridad y buena marcha de la obra.
Limpieza de la obra
Es obligación del Constructor u otro mantener limpias las obras y sus alrededores, tanto de escombros como de materiales sobrantes, hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como adoptar las medidas y ejecutar todos los trabajos que sean necesarios para que la obra ofrezca un buen aspecto.

Obligaciones y responsabilidades del Coordinador de Seguridad y Salud
Seguridad e higiene en la obra
El Contratista asumirá las responsabilidades de Coordinador de Seguridad y Salud, cuidando que las obras se realicen de acuerdo a las prescripciones establecidas en la Ley 31/95 y reglamentos que la desarrollan.
Asimismo, el Contratista será el responsable de los accidentes que pudieran producirse en el desarrollo de la obra por impericia o descuido, y de los daños que por la misma causa pueda ocasionar a terceros.
En el caso de que por simplicidad de la obra no aparezca la figura del Contratista, asumirá el citado cargo el Director de la obra.

Obligaciones y responsabilidades del Propietario
Desarrollo técnico
La Propiedad podrá exigir de la Dirección Facultativa el desarrollo técnico adecuado del Proyecto y de su ejecución material, dentro de las limitaciones legales existentes.
Personal
El nivel técnico y la experiencia del personal aportado por el contratista serán adecuados, en cada caso, a las funciones que
Personal
El nivel técnico y la experiencia del personal aportado por el contratista serán adecuados, en cada caso, a las funciones que le hayan sido encomendadas.
Interrupción de las obras
La Propiedad podrá desistir en cualquier momento de la ejecución de las obras de acuerdo con lo que establece el Código
Civil, sin perjuicio de las indemnizaciones que, en su caso, deba satisfacer.
Cumplimiento de la normativa urbanística
De acuerdo con lo establecido por la ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, la propiedad estará obligada al cumplimiento de todas las disposiciones sobre ordenación urbana vigentes, no pudiendo comenzarse las obras sin tener concedida la correspondiente licencia de los organismos competentes. Deberá comunicar a la Dirección Facultativa dicha concesión, pues de lo contrario‚ ésta podrá paralizar las obras, siendo la Propiedad la única responsable de los perjuicios que pudieran derivarse.
Actuación en la ejecución de la obra
La Propiedad se abstendrá de ordenar la ejecución de obra alguna o la introducción de modificaciones sin la autorización de la Dirección Facultativa, así como a dar a la Obra un uso distinto para el que fue proyectada, dado que dicha modificación pudiera afectar a la seguridad del edificio por no estar prevista en las condiciones de encargo del Proyecto.
Honorarios
El propietario está obligado a satisfacer en el momento oportuno todos los honorarios que se hayan contratado con la
Dirección Facultativa.

CRITERIOS ADMINISTRATIVOS
Generalidades
Se exigirá al Propietario una fianza del % del presupuesto de ejecución de las obras contratadas que se fije en el Contrato, que le será devuelto una vez finalizado el plazo de garantía, previo informe favorable de la Dirección Facultativa.
Toda la obra se ejecutará con estricta sujeción al proyecto que sirve de base a la Contrata, a este Pliego de Condiciones y a las órdenes e instrucciones que se dicten por el Director de obra. El orden de los trabajos será fijado por ellos, señalándose los plazos prudenciales para la buena marcha de las obras.
El Propietario deberá abonar el importe de todos los trabajos ejecutados, previa medición realizada conjuntamente por éste
y la Dirección Facultativa, siempre que aquellos se hayan realizado de acuerdo con el Proyecto y las Condiciones Generales y
Particulares que rijan en la ejecución de la obra.
El precio de contrata es el que comprende el coste total de obra.  Vez finalizado el plazo de garantía, previo informe favorable de la Dirección Facultativa.
Toda la obra se ejecutará con estricta sujeción al proyecto que sirve de base a la Contrata, a este Pliego de
Condiciones y a las órdenes e instrucciones que se dicten por el Director de obra. El orden de los trabajos será fijado por ellos, señalándose los plazos prudenciales para la buena marcha de las obras.
El Propietario deberá abonar el importe de todos los trabajos ejecutados, previa medición realizada conjuntamente por éste y la Dirección Facultativa, siempre que aquellos se hayan realizado de acuerdo con el Proyecto y las Condiciones Generales y
Particulares que rijan en la ejecución de la obra.
El precio de contrata es el que comprende el coste total de obra.
Criterios de medición

Partidas
Se seguirán los mismos criterios que figuran en las hojas de estado de mediciones.
Partidas no contenidas
Se efectuará su medición, salvo pacto en contrario, según figura en el Pliego General de Condiciones.
Partidas alzadas
Su precio se fijará a partir de la medición correspondiente y precio contratado o con la justificación de mano de obra y materiales utilizados.

Criterios de valoración
Precios contratados
Se ajustarán a los proporcionados por el Contratista en la oferta.
Precios contradictorios
De acuerdo con el Pliego General de Condiciones, aquellos precios de trabajos que no figuren entre los contratados, se fijarán contradictoriamente entre la Dirección Facultativa y el Propietario, presentándolos éste de modo descompuesto y siendo necesaria su aprobación para la posterior ejecución en obra.
Indemnizaciones por retraso
El importe de la indemnización por retraso no justificado en el plazo de terminación de la obra se establecerá en un tanto por mil del importe total de los trabajos contratados, por cada día natural de retraso, contados a partir del día de terminación fijado en el calendario de obra. Este tanto por mil será aprobado entre las partes del Propietario, Dirección Facultativa y
Contrata.
Revisiones de precios
Habrá lugar a revisión de precios cuando así lo contemple el Contrato suscrito entre la Propiedad y el Contratista.
Valoración y abono de trabajos
Según la modalidad elegida para la contratación de la obra y salvo que el pliego particular de condiciones económicas se acuerde otra cosa, pudiéndose efectuar dicho abono de la siguiente forma:
Tipo fijo o tanto alzado total. Se abonará la cantidad previamente fijada como base de la adjudicación, disminuida en su caso en el importe de la baja ejecutada por el adjudicatario.
Tipo fijo o tanto alzado por unidad de obra. Se abonará la cantidad fijada de antemano, pudiendo variar únicamente el número de unidades de obra.
Tanto variable por unidad de obra, según las condiciones en que se realice y los materiales empleados en su ejecución de acuerdo con las órdenes del director técnico.
Por lista de jornales y recibos de materiales, autorizados en la forma que el presente pliego de condiciones determina.
Por horas de trabajo, ejecutado en las condiciones determinadas en el contrato.
El criterio elegido será redactado y firmado entre el Propietario, Dirección Facultativa y Contrata.

Criterios para el acopio de materiales
Todos los materiales y, en general, todas las unidades de obra que intervengan en la construcción del presente proyecto, habrán de reunir las condiciones exigidas por el Pliego de Condiciones y demás Normativa vigente que serán interpretadas en condiciones exigidas.

EJECUCIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Obras que comprende el proyecto
Las Obras regladas por el presente Pliego están descritas en la Memoria y definidas en los Planos y demás documentos del
Proyecto.
Las disposiciones de carácter general de este Pliego quedarán asimismo vigentes para las unidades de obra que, como consecuencia de nuevas necesidades, imprevistos o modificaciones del Proyecto, fuese necesario ejecutar y no estuvieran incluidas en los documentos del mismo.
Inicio de obras
El adjudicatario deberá dar comienzo a las obras dentro de los quince días siguientes a la fecha de la adjudicación definitiva a su favor, dando cuenta de oficio a la Dirección Técnica, del día que se propone inaugurar los trabajos, quien acusará recibo.
Las obras deberán quedar total y absolutamente terminadas en el plazo que se fije en la adjudicación a contar desde igual fecha que en el caso anterior. No se considerará motivo de demora de las obras la posible falta de mano de obra o dificultades en la entrega de los materiales.

TÉRMINOS. RECEPCIÓN Y DISPOSICIONES
Generalidades
El director de la obra comunicará a la propiedad de la proximidad de su terminación, para acordar la fecha para el acto de recepción provisional. Ésta se realizará con la intervención de un técnico designado por la propiedad del constructor y del director de la obra. También se convocará a los restantes técnicos que, en su caso, hubiesen intervenido en la dirección con función propia en aspectos parciales o unidades especializadas. Desde esta fecha comenzará el plazo de garantía si la obra se hallase en estado de ser admitida, y seguidamente con los técnicos de la dirección facultativa extenderán el correspondiente
Certificado Final de Obra. Al realizarse la recepción provisional de la obra, deberá presentar el contratista las pertinentes autorizaciones de los organismos oficiales de la provincia para el uso y puesta en marcha de la instalación que así lo requiera.
Si se encuentran las obras ejecutadas en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, la Dirección Facultativa las dará por recibidas y se entregarán al uso de la propiedad, tras la firma de la correspondiente acta. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas, fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiera efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.
Reglamentación
Se atenderá a la siguiente normativa:
Ley 7/2007 y reglamentos que la desarrollan
Ley 31/95 y reglamentos que la desarrollan
Plan General Urbanístico del lugar
Ordenanzas Municipales
Artículos aplicables del Código Civil y Penal

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