miércoles, 4 de diciembre de 2013

TELECOMUNICACIONES EN EDIFICIOS



TELECOMUNICACIONES EN EDIFICIOS

TEMA 1. ¿QUÉ ES UNA ICT?

ICT = Infraestructura Común de Telecomunicaciones
Una ICT engloba:
· Instalación de Radio y Televisión Terrestre y satélite
· Instalación de Telecomunicaciones para los servicios de Telefonía Disponible al Público y de Banda Ancha
· Instalación de las infraestructuras que dan soporte al Hogar Digital

Una ICT facilita una canalización conjunta normalizada para todos los servicios suministrados.
Una ICT regula la obra civil en el interior de los edificios, aunque limitada a los servicios suministrados.
Una ICT también incluye la instalación eléctrica necesaria para dar soporte a los servicios suministrados.

¿Cuándo y dónde se exige una ICT?
· En edificios de uso residencial o no, de nueva construcción o no, acogidos o que deban acogerse al Régimen de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960).
· En edificios, que en todo o en parte, hayan sido o sean objeto de arrendamiento por un plazo superior a 1 año, salvo los que alberguen una sola vivienda.
Importante es saber que para una vivienda unifamiliar que no esté acogida al régimen de propiedad horizontal no es obligatorio realizar un proyecto de telecomunicaciones aunque si que es necesaria dicha instalación.

¿Quién diseña la ICT?
El diseño de la ICT recaía sobre un ingeniero de telecomunicaciones pero a partir de la Sentencia T.S. (Sala 3) de17 de octubre de 2012 que en resumen nos viene a decir:

Telecomunicaciones: Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo. Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones. Análisis. Se anulan varios preceptos sobre elaboración de los proyectos técnicos de ICT. La capacidad no puede limitarse a los ingenieros de telecomunicaciones, con exclusión de otras especialidades, como industriales sobre la exigencia de que el proyecto de ICT se tenga que someter preceptivamente a una verificación privada externa.

Es el profesional encargado por el promotor de la edificación para:
- Gestionar las consultas con los operadores de telecomunicaciones.
- Redacción del proyecto técnico incluyendo:
· MEMORIA
· PLANOS
· PLIEGO CONDICIONES
· PRESUPUESTO
En todo momento, será el responsable de que se cumpla la ley y el Reglamento ICT.

¿Quién realiza la ICT?

La instalación será realizada por una Empresa Instaladora de Telecomunicaciones que este inscrita en el Registro de Empresas instaladoras de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (RD244/2010).
Asimismo, la empresa instaladora deberá disponer de la formación (RD 401/203) y de los medios necesarios para el desempeño de su actividad de acuerdo a lo requerido en la orden ITC/1142/2010.
- Instaladores tipo A
- Instaladores tipo F
La empresa instaladora presupuesta y ejecuta la instalación siguiendo las directrices del Proyecto técnico.

¿Quién certifica la ICT?

La empresa instaladora:
- Expide el Boletín de Instalación, una vez finalizados los trabajos de ejecución del proyecto técnico. (Anexo III, Orden ITC/1142/2010)
- Realiza el Protocolo de Pruebas cuando realiza el mantenimiento de las instalaciones ICT (Sección 2, Anexo IV, RD346/2011). Puede ser exigido en una ITE (Inspección Técnica de Edificios).
El director de obra (en caso de existir):
- Redacta el Acta de replanteo donde se declara la validez del proyecto técnico o las modificaciones necesarias:
· Cambio sustancial: Modificación del proyecto técnico
· Cambio menor: Se añade un Anexo al proyecto técnico
- Expide el Certificado de fin de Obra, que certifica que la instalación se ajusta al proyecto técnico y por tanto cumple la ley y el Reglamento ICT.

Resumen de la documentación exigida en una ICT

Una ICT exige la siguiente documentación obligatoria:
1. Proyecto Técnico
Una copia para la Propiedad y otra para el REMITC
2. Acta de replanteo (si existe director de obra)
Se presenta en el REMITC
3. Boletín de Instalación
La Propiedad lo presenta en el REMITC
4. Certificado de cumplimiento del proyecto técnico (si existe director de obra)
La Propiedad lo presenta en el REMITC
5. Manual de usuario
Una copia para cada usuario
REMITC: Registro electrónico del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

¿Quien exige la ICT y por que?

Usuarios
- Garantía del cumplimiento de la ley
- Garantía de Calidad _ Forma de garantizar que se están recibiendo todos los servicios de TV, Telefonía y Banda
Ancha existentes, así como de que su instalación se realiza de acuerdo a la normativa vigente en materia de Edificación,
Seguridad, protección contra incendios, gestión de residuos, etc.

Ayuntamientos
- Concesión de la Licencia de Construcción _ Exige el proyecto ICT
- Concesión de la Cedula de Habitabilidad o Licencia de Primera Ocupación.
Exige al promotor/constructor un certificado expedido por la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones

¿Quien puede hacer una ICT? Instalador Tipo F

Es el encargado de la puesta a punto y mantenimiento de las ICTs en edificios o conjuntos de edificios, con tecnologías de acceso ultrarrápidas:
- Fibra óptica
- Cable coaxial
- Pares trenzados categoría 6 o superior.

Así como de la integración en las mismas de:
- Sistemas de radiodifusión sonora y Televisión
- Sistemas de portería y video portería
- Sistemas de video vigilancia
- Control de accesos y seguridad (excluida la prestación del servicio de conexión a central de alarmas)
- Redes y equipos para la gestión, control y seguridad de los servicios ligados al Hogar Digital

Las empresas instaladoras que realicen las instalaciones tipo F deberán disponer obligatoriamente del siguiente equipamiento para desempeñar correctamente su función:
- Multímetro
- Medidor de Tierra
- Medidor de Aislamiento
- Medidor de Intensidad de Campo con pantalla y análisis espectral, así como medición de tasa de error para señales digitales QPSK y COFDM
- Simulador de Frecuencia Intermedia
- Medidor selectivo de Potencia Óptica
- Testador de Fibra óptica monomodo para FTTH
- Equipo para realizar empalme o conectorización en campo de Fibra Óptica monomodo.
- Analizador / Certificador para redes de telecomunicación de categoría 6 o superior

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