lunes, 24 de noviembre de 2014

Cartas de Endesa distribución sobre verificación de suministros



Cartas de Endesa distribución sobre verificación de suministros
Últimamente venimos recibiendo consultas planteadas por empresas instaladoras y usuarios finales, en relación con las cartas enviadas por la empresa Endesa Distribución Eléctrica SLU, en la que se pide al titular del contrato que, con motivo del cambio de titular / modificación del contrato, es obligatorio realizar la verificación del suministro.
Tras elevar la consulta a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, nos remite necesariamente a la normativa de aplicación (artículo 83.5 del RD 1955/2000) y confirma que, para las modificaciones de contratos en baja tensión cuya antigüedad sea superior a 20 años, las empresas distribuidoras deberán proceder a la verificación de las instalaciones, autorizándose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación vigentes. Si efectuada dicha verificación se comprobase que las instalaciones no cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentaria (en este caso el criterio de inspección debería efectuarse de acuerdo al REBT del 73) la empresa distribuidora deberá exigir la adaptación de las instalaciones (realizadas por un instalador autorizado en BT) y la presentación del correspondiente boletín del instalador.
En definitiva, se deberá entregar un certificado de instalación por la revisión de las instalaciones, aplicando los criterios de inspección recogidos en el REBT de 1973. En caso de que el instalador detectara alguna deficiencia en la seguridad, esta deberá ser subsanada, pero en este caso aplicando los prescripciones marcadas por el actual REBT de 2002.
Si finalmente tenemos que tramitar dicho boletín por TECI, lo tramitaremos como MODIFICACIÓN. Tendremos que aceptar la tramitación de TECI, que indica que posee las características de acuerdo al REBT 2002. Sin embargo citaremos en el campo OBSERVACIONES que se trata de un boletín de revisión de una instalación, al que era de aplicación el REBT 1973, indicando las características reales de la instalación de BT, por ejemplo que la derivación individual no es libre de halógenos o que la sección es de 6 mm2.
Añadir por último que los suministros que deban presentar un Boletín de Instalador Autorizado o hayan necesitado un proyecto y certificado final, no deberá pagar derechos de verificación. En caso de que corresponda, el derecho de verificación es 8,011716 € por actuación (Orden ITC/3519/2009 - BOE 31/12/2009). Ejemplo de carta.